El pasado miércoles se constituyo la mesa de negociación para la aplicación del Convenio Colectivo en vigor a la normativa interna de CaixaBank.
La Dirección ha manifestado su intención de no atender a una Negociación de mejoras sino, simplemente, de Trasposición de lo establecido en el convenio adaptándolo a nuestra normativa interna. No están dispuestos a avanzar en ninguna mejora que les suponga incremento de costes.
UGT hemos trasladado nuestras propuestas a la Dirección, exigiéndole una aptitud negociadora y dispuesta a recoger las mejoras propuestas, máxime dado el esfuerzo y sacrificio realizado por todos los empleados y empleadas de la entidad durante la pandemia.
Resumen de Nuestras Propuestas

Aplicación Mínimos Salariales
Aplicar los mínimos salariales establecidos en Convenio de 15.339,38 € anuales para el primer año de contratación y de 16.873,31 € anuales durante el segundo.

Estructura Salarial
Extensión de la revisión salarial a la Mejora Salarial Caixa de los niveles IV a I.

Incremento Salarial
Incrementos sobre salarios base reales (Salario Base + Mejora Salarial Caixa), y aplicación a los conceptos salariales con naturaleza revisable.

Trienios
Mantener efectos de la garantía respecto a la fórmula de cálculo de devengo de los trienios para el personal que se encontraba en alta en la fecha de entrada en vigor del acuerdo (25/04/12).

Ayuda Formación Hijos
Hacer extensiva esta ayuda a hijos/as del personal jubilado, declarado en incapacidad permanente y a los huérfanos/as de personal fallecido.
Que no sea preceptivo el acreditar que se cursan estudios para su percepción en los casos de hijos con edades entre los 21 y 25 años.

Registro de Jornada
Consideración como Tiempo de Trabajo Efectivo de la pausa del desayuno para toda la plantilla.

Vacaciones
Posibilidad de Fraccionamiento hasta en 4 periodos, sin estar vinculado a razones específicas de conciliación.

Permisos
Posibilidad de disfrutar de forma alterna el permiso por hospitalización de familiares hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, mientras dure el supuesto a que da lugar el disfrute del permiso.
Computo en días hábiles de los dos días de ampliación por desplazamiento.

Alquiler Vivienda
Posibilidad de alquilar la vivienda habitual, adquirida con el préstamo de adquisición de vivienda, sin cambio de condiciones, en caso de traslado propuesto o decidido por la empresa que implique cambio de domicilio.
Solicitamos la apertura de mesa de negociación especifica para la implementación del Teletrabajo en nuestra Entidad. Entre otros, es preciso regular:
• Las condiciones de acceso y desarrollo de la actividad laboral mediante esta modalidad.
• Identificar los puestos de trabajo y funciones susceptibles de ser realizados a través del trabajo a distancia.
• Su duración máxima.
• La jornada mínima presencial a establecer.
• Procedimiento a seguir en el caso de producirse dificultades técnicas que impidan el normal desarrollo del trabajo a distancia.
• Medios de control empresarial de la actividad.
• El ejercicio de la reversibilidad al trabajo presencial.
E instamos a la Dirección a:
• La Extensión de las garantías recogidas en el RD-Ley y en el Convenio colectivo a las prestaciones en Teletrabajo que se están realizando actualmente en la Entidad (Covid e inferiores al 30% de la jornada).
• El Derecho a flexibilizar el horario de prestación de servicios, así como la posibilidad de adscribirse al colectivo de “Control flexible de horario con plus”, percibiendo el correspondiente Plus de Flexibilidad.
• Incremento del importe de las compensaciones establecidas en convenio.
• Mismos derechos que las personas trabajadoras presenciales en materia de conciliación y corresponsabilidad, incluyendo el derecho de adaptación a la jornada así como reducciones de jornada. A tal fin, El Trabajo a distancia y el Teletrabajo deben ser objeto de análisis en el ámbito del plan de Igualdad.